- Ganan amparo, Juez anula permiso para siembra en etapa comercial de soya genéticamente modificada
- Se ordena a Sagarpa realizar consulta pública entre las comunidades indígenas previo a poder expedir cualquier otro permiso de soya transgénica a nivel comercial.
El Juez Primero de Distrito en el Estado de Yucatán anuló un permiso otorgado a la empresa Monsanto por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) que permitía la siembra comercial de soya transgénica en esta entidad.
Argumentando que dicho permiso ponía en riesgo la producción de miel mexicana en estados como Campeche, Quintana Roo y Yucatán, apicultores mayas de esta última entidad se ampararon ante la resolución de la Sagarpa, que en 2012 autorizó –con el aval de Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) la siembra de 253,500 hectáreas de soya transgénica en siete estados de la República (1), entre ellos Yucatán.
“Con esta decisión del juez queda prohibida por ahora la siembra de soya transgénica en escala comercial en el estado de Yucatán. Esta sentencia se suma a las que en marzo y abril del presente año emitió el Juzgado Segundo de Distrito de Campeche, quien al resolver dos juicios de amparos presentados por apicultores mayas radicados en Campeche en contra del mismo permiso, también determinó la violación al derecho a la consulta de las comunidades mayas, así como la violación al procedimiento establecido en la propia Ley de Bioseguridad, señaló Jorge Fernández del Colectivo MA OGM.
"Estamos ante un hecho muy relevante por tres razones: la primera porque hace valer el principio de multiculturalidad contenido en la Constitución, así como los derechos humanos que implica derecho a la consulta previa del pueblo maya; la segunda porque determina que la consulta previa procede para los casos de posible afectación, esto es, que no se requiere que el daño esté probado; y en tercer lugar, porque reconoce el principio 10 de la Declaración de Río, a saber, que la mejor manera de abordar cuestiones ambientales y socioculturales es garantizando a las comunidades afectadas el acceso a la información, la participación en la toma de decisiones y el acceso a la justicia. Por lo anterior, hacemos un llamado a las autoridades responsables a no recurrir la sentencia y cumplir cabalmente por lo ordenado por el juez, puesto que ello supondría un avance en la construcción de la democracia sustancial en el país", afirmóXimena Ramos, asesora de Litiga OLE.
“Para los apicultores de Yucatán, muchos de nosotros indígenas mayas, esto es un gran logro porque se reconoce nuestro legítimo derecho a decidir sobre nuestro territorio y nuestro sustento porque la apicultura es la principal actividad económica tradicional que realizamos y no queremos que nuestra miel se contamine con transgénicos ni con los productos tóxicos como agroquímicos que matan a nuestras abejas”, señaló Lorenzo Itzá Ek, apicultor maya.
El 27 de febrero de 2012, las organizaciones Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (Unorca), Miel Integradora S.A. de C.V. , la Sociedad de Solidaridad Social “Apícola Maya de Yucatán”, Litiga, Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos (Litiga OLE) y Greenpeace demandaron a los titulares de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) por la inconstitucionalidad que representaba el otorgamiento del permiso para siembra comercial de soya GM (2).
El Juez que resolvió el amparo a favor de los apicultores mayas (3) reconoció que éstos podrían resultar afectados en sus bienes jurídicos (económicos, laborales o ambientales) por las consecuencias que pudieran generar en el entorno natural la liberación o el cultivo de soya GM y aceptó como válido el interés legítimo de los indígenas mayas cuya principal actividad económica tradicional es la apicultura, reconociendo que requieren una protección especial, por su especial condición de vulnerabilidad, debiéndose garantizar su acceso a la justicia efectiva.
También desechó los argumentos de las autoridades demandadas quienes exigían a los apicultores mayas pruebas científicas plenas de que los permisos otorgados influyen negativamente en la producción de miel.
El Juez también declaró nulo el dictamen de Semarnat que avala el permiso otorgado por Sagarpa para siembra de soya transgénica, toda vez que no se tomó en cuenta las opiniones técnicas de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), el Instituto Nacional de Ecología (INE) y la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) que señalaron "no ser viable la siembra de soya transgénica"; la autoridad judicial ordena a la Sagarpa que lleve a cabo, de manera adecuada, la consulta pública en las comunidades indígenas de Santa Elena, Ticul, Oxkutzcab, Tekax, Tzucacab, Peto y Tizimin, ubicadas en el estado de Yucatán, previo a poder expedir cualquier otro permiso de soya transgénica a nivel comercial, misma que deberá realizarse por los medios idóneos que estén al alcance de dichas comunidades indígenas, dentro de los seis meses contados a partir de que se notifique a las autoridades responsables esta sentencia, una vez que sea definitiva.