miércoles, 28 de mayo de 2014

Cherán por la libre.

La cuna de las autodefensas en Michoacán es ahora la primera comunidad libre y soberana de México. Un fallo de la Suprema Corte obliga al gobierno de Michoacán a aceptar que sus usos y costumbres sean leyes.

Ni el congreso local ni el gobierno del Estado habían querido reconocer a la autoridad indígena de Cherán, a la que consideraban en rebeldía.
Enclavada en el corazón de la Meseta Purépecha, la población indígena de Cherán era una de las más castigadas por la violencia y el saqueo. 
Cansados del abandono de las autoridades, los pobladores buscaron organizarse y declararse independiente del gobierno estatal.
Ahí surgió por primera vez el concepto de autodefensa comunitaria hace más de 3 años.
 Hoy, por decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Consejo Mayor de Cherán -elegido en base a usos y costumbres indígenas- debe ser reconocido por el gobierno estatal como autoridad única de esa población. 
La pequeña comunidad, que apenas el 15 de abril del 2011 se declaró independiente del gobierno del Estado, ganó una controversia constitucional que le reconoce su carácter independiente y de libre autodeterminación en materia de gobierno.
Ni el congreso local ni el gobierno del Estado habían querido reconocer a la autoridad indígena de Cherán, a la que consideraban en rebeldía.
Con la decisión emitida por la máxima instancia judicial de México, el gobierno indígena ahora está facultado legalmente para demandar y exigir una relación de igualdad y respeto, en todo lo que corresponda a la emisión de leyes que afecten a los intereses de esa localidad purépecha.
Antes de este reconocimiento, el congreso de Michoacán no los tomó en cuenta en un referéndum que se levantó en el 2012 para modificar la constitución política del estado. 
Los diputados argumentaron la inexistencia de una autoridad formal en la localidad para llevar a cabo una consulta ciudadana. 
Ahora, el pleno de la SCJN declaró inválidas esas reformas a la constitución de Michoacán, las cuales fueron impugnadas por el municipio de Cherán al argumentar que nunca se les consultó sobre su contenido.
La resolución, que fue votada a favor por 9 de los 11 magistrados de la Suprema Corte, fue promovida por la ministra Margarita Beatriz Luna Ramos, quien argumentó pleno reconocimiento al pueblo indígena para ser tomado en cuenta por las autoridades en materia de consulta de leyes. 
Con esta resolución, al gobierno comunal de Cherán también se le inviste de personalidad para demandar al gobernador de Michoacán, al congreso local y a los otros 112 municipios de todo el estado.
La sentencia de la controversia constitucional reconoce que el Concejo Mayor de esa población indígena es simular en autoridad a un ayuntamiento municipal que surge de una elección en base a las leyes políticas y electorales vigentes en todo el país.
Por esta razón, el Consejo tiene todas las facultades y atribuciones inherentes a un gobierno municipal. Incluso, personalidad jurídica para promover controversias constitucionales. 
Aún queda pendiente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determine sobre las razones atribuibles al ejecutivo estatal y a los propios diputados locales que violentaron el derecho del municipio de Cherán a ser tomado en cuenta en las modificaciones a la Constitución Política de Michoacán.
Las reformas que se hicieron quedarán sin efecto hasta que se tome en cuenta la opinión de los vecinos de esa localidad.