Más de 2 mil personas provenientes de varias entidades se reunieron en
el Monumento a la Revolución para denunciar que la reforma energética se
aprobó de forma ilegal. Recordaron que en algunas legislaturas
estatales se concedió el aval a la propuesta en menos de 15 minutos.
Estas irregularidades –se afirma– son fundamento suficiente para considerar que los cambios a los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna carecen de validez jurídica, ya que no hubo un proceso deliberativo sustancial, lo que se traduce en una violación de los artículos 40, 41 y 135 de la Constitución.
Aunado a ello, se explica que este tipo de reformas, que cambian de manera fundamental el régimen constitucional, correspondería hacerlas al constituyente original y no al permanente. Por ello, y porque los cambios en materia energética profundizan la desregulación y la incorporación de los recursos naturales estratégicos, como el petróleo y la electricidad, a la lógica de la especulación financiera, se determinó revocarlos.
Con la asistencia de más de dos mil personas de
todo el país y en el 97 aniversario de la Constitución de 1917, el
Congreso Popular (CP) aprobó ayer un decreto por el que se deroga la
reforma energética publicada el 20 de diciembre pasado y decidió
efectuar acciones de resistencia civil pacífica para oponerse a la
apertura de la industria petrolera y eléctrica. La primera se llevará a
cabo el 18 de marzo próximo.
En la exposición de motivos del decreto se indica que la citada
modificación constitucional se aprobó de manera ilegal. Por ejemplo el
dictamen no fue discutido en comisiones y la minuta fue votada sin ser
leída. Todo el proceso se realizó en tan sólo 83 horas, donde se incluye
la discusión en las dos cámaras del Congreso y la aprobación en las
legislaturas estatales. Hubo algunas de estas últimas, que avalaron la
reforma en menos de 15 minutos.Estas irregularidades –se afirma– son fundamento suficiente para considerar que los cambios a los artículos 25, 27 y 28 de la Carta Magna carecen de validez jurídica, ya que no hubo un proceso deliberativo sustancial, lo que se traduce en una violación de los artículos 40, 41 y 135 de la Constitución.
Aunado a ello, se explica que este tipo de reformas, que cambian de manera fundamental el régimen constitucional, correspondería hacerlas al constituyente original y no al permanente. Por ello, y porque los cambios en materia energética profundizan la desregulación y la incorporación de los recursos naturales estratégicos, como el petróleo y la electricidad, a la lógica de la especulación financiera, se determinó revocarlos.