martes, 10 de marzo de 2015

Se exige desechar privatización del agua

Organizaciones y más de 5 mil personas demandan desechar la iniciativa de Ley General de Aguas aprobada el 5 marzo en comisiones

  • La propuesta actual profundiza un modelo de gestión que ha demostrado ser insustentable, inequitativo y discriminatorio.
  • Convocamos a la movilización ciudadana para exigir una Ley General de Aguas que garantice el derecho humano
 
La tarea del Legislador, una vez constitucionalizados el derecho humano al agua y el derecho al saneamiento en febrero de 2012 debía ser desarrollar el contenido y alcance de estos derechos con base en los estándares más altos y las obligaciones del Estado de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos a la luz también de la reforma constitucional en la materia de junio de 2011, para asegurar su aplicación en el país a través de la legislación secundaria. “Sin embargo, la iniciativa de Ley General de Aguas dictaminada por las y los Diputados del PRI, PAN y PVEM el pasado 5 de marzo vacía de contenido sustantivo estos derechos humanos que implican factores de disponibilidad, calidad, asequibilidad, sustentabilidad, accesibilidad física, sin discriminación y acceso a la información, y simula su inclusión reduciéndolos a un mal entendido mínimo vital (art. 49) sólo para asentamientos legalmente constituidos (art. 10 XLVII)” manifestó la Coalición de Organizaciones Mexicanas por el Derecho al Agua. Además, pone seriamente en riesgo el ejercicio de estos derechos al profundizar un modelo de gestión que ha probado ser insustentable, y que ahora favorece más la visión de mercantilización del agua con una mayor la intervención de la iniciativa privada en infraestructura y servicios (art. 129).
Más aún, la iniciativa ha omitido por completo el derecho al saneamiento. La definición del derecho humano al saneamiento (art. 10 XXIV) demuestra una total ignorancia del compromiso internacional ratificado por nuestro país. Recordemos que en junio 2010 la resolución de las Naciones Unidas(A/RES/64/292) reconoció el derecho humano al agua pero también al saneamiento. La ley equipara la noción de saneamiento con calidad. Sin embargo, una cosa es garantizar la calidad del agua que consumen las personas y otra cosa es el acceso a saneamiento que tiene que ver con, el acceso a un sistema sanitario de recolección, transporte, tratamiento y eliminación o reutilización de excrementos humanos así como la correspondiente promoción de la higiene. El Estado debe garantizar, sin discriminación, que toda persona tenga acceso, desde el punto de vista físico y económico, al saneamiento, en todas las esferas de la vida, que sea inocuo, higiénico, seguro, aceptable desde el punto de vista social y cultural, proporcione intimidad y garantice la dignidad. La falta de acceso a un baño higiénico contribuye en gran medida a la alta tasa de mortalidad y enfermedades diarreicas infantil del país. “En materia de derecho humano al agua y saneamiento, la iniciativa aprobada no sólo no reconoce los estándares internacionales sino que los omite y contraviene abiertamente” recalcó Nathalie Seguin de la Red de Acción por el Agua.

Asimismo, la ley debe contemplar un modelo que conserve las fuentes de agua para poder contar con agua suficiente y de calidad para la presente y futuras generaciones. Esta ley hace lo contrario, permite contaminar ríos con químicos siempre y cuando “no rebasen la capacidad de asimilación” (art. 142) pero los químicos no sólo se acumulan en el agua sino en suelo, ecosistemas y cuerpos humanos. “Además no permite el monitoreo social o académico para conocer los niveles de diversos compuestos (art. 262 XXVI)” abundó Alessia Kachadourian estudiante de postgrado en hidrogeología. Más aún, la impunidad para contaminar se mantiene, “El Estado promoverá la participación voluntaria en esquemas de auditoría y evaluación en el sector hídrico para cuantificar el cumplimiento de la normatividad...”. (art. 39). Si el concesionario contamina el agua, la mayor multa es de 3.5 millones de pesos (50000 días de salario mínimo) (art. 264) mientras con las recientes tragedias sabemos que la contaminación del Río Sonora se calculó en 20 mil millones de pesos. Las autoridades municipales solo informarán sobre los peligros y daños de los químicos pero no prohíbe que sean vertidos en el drenaje municipal (art. 78). Siendo que las plantas de tratamiento -si funcionan-no están diseñadas para el tratamiento de dichos químicos.

La propuesta de ley también promueve concesiones de enormes obras hidráulicas que tienen un uso intensivo de energía contribuyendo al calentamiento global (trasvases, pozos ultraprofundos y desalinadoras). El artículo 8 define a los trasvases de “utilidad pública” independientemente del uso que tenga el agua trasladada. La evidencia alrededor del mundo ha mostrado que trasferir agua de una cuenca a otra tiene importantes consecuencias ambientales y sociales, pero con esta ley se permitiría a concesionarios hacer trasvases para cualquier uso del agua.

Por otro lado, a pesar de todas las alertas internacionales sobre los fuertes impactos de la técnica del fracking tanto en la disminución de la disponibilidad del agua como en la contaminación irreversible de ésta, la ley no prevé ninguna reglamentación especial, y dadas las declaraciones previas de Conagua, al agua para fracking se le consideraría un uso más dentro del uso industrial definido como “agua para la extracción, conservación o transformación de materias primas” (art. 10,  LIX). “Además es muy probable que el agua que se necesitará para esta actividad, siendo que se contempla en zonas donde ya se experimenta un estrés hídrico fuerte, vendrá de trasvases. Con esto terminan de amarrar el despojo de agua y tierra que inició este gobierno” concluyó Nathalie quien también forma parte de la Alianza Mexicana contra el Fracking.

En este contexto, convocamos a la ciudadanía a celebrar y movilizarse el Día Mundial de Defensa de los Ríos y Contra las Represas, 14 de marzo, y el Día Mundial del Agua, 22 de marzo, demandando a nuestros congresistas que desechen la iniciativa de Ley General de Aguas votada el 5 de marzo en comisiones y se comprometan mediante un proceso participativo a hacer realidad el derecho humano al agua y al saneamiento cambiando el actual modelo de gestión del agua insustentable, inequitativo y discriminatorio.
Para apoyar con tu firma: http://ow.ly/K6jjz