martes, 28 de febrero de 2017

Corte inicia debate de la "Ley Atenco"


apertura-sesiones-scjn


La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el debate para analizar la constitucionalidad de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México, norma que fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Comisión Estatal en la materia y hasta por el propio Congreso estatal.
En el primer día de análisis, el ministro ponente del caso, Alberto Pérez Dayán, presentó la primera parte de su proyecto de resolución en el que se plantea invalidar una porción del artículo 40 de la norma referente a que la fuerza pública se puede utilizar como primera opción para atender contingencias del estado.
Su propuesta también señala que el artículo 14 de la norma referente al uso de armas para disolver una manifestación es constitucional, siempre y cuando se ajuste a la normas que impone la Carta Magna en materia de respeto a los derechos humanos, a que exista un riesgo para la vida o bienes de terceras personas y a que no se haga un uso indiscriminado de ese mismo armamento.
Sin embargo, el primer día de debate no se centró en estos puntos que serán tema de discusión en las próximas sesiones, sino en la legitimidad del Congreso del Estado de México para impugnar con una acción de inconstitucionalidad una ley que ellos mismos aprobaron.
El ministro Pérez Dayán recordó que la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública del Estado de México, conocida también como Ley Atenco o Ley Eruviel, fue aprobada por el 68 por ciento de los diputados locales mexiquenses, por lo que solicitó declararla improcedente y desecharla sin revisar los argumentos de la misma.
Consideró que no tiene sentido que los legisladores locales sometan a consulta de la Suprema Corte la constitucionalidad de una norma que ellos mismos pueden modificar haciendo uso de la mayoría legislativa que tiene ese 68 por ciento en el Congreso estatal.
Incluso, consideró que si la Corte legitimará la impugnación del Congreso mexiquense, el Pleno del Máximo Tribunal estaría actuando como un legislador positivo, es decir, que ejercería una labor similar a la de un diputado local al validarlo que a su juicio, representa una simple consulta del Poder Legislativo del Estado de México.
La postura del ministro Pérez Dayán encontró una firme oposición de sus pares Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío, quienes consideraron que a pesar de que la acción de inconstitucionalidad fue presentada por la misma mayoría legislativa que aprobó la ley, esta debe ser analizada junto con las impugnaciones que presentaron la CNDH y la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Cossío Díaz agregó que en el artículo 105 de la Constitución, fracción tercera, se establece que las reformas a una ley pueden ser impugnadas por el 33 por ciento de los legisladores cuando no están de acuerdo con la misma, sin que la Carta Magna imponga un tope en el número de diputados que pueden sumarse a una acción de inconstitucionalidad.
Además, planteó que más allá de las intenciones de los legisladores que impugnaron una ley aprobada por ellos mismos, la Corte debe resolver con base a los cuestionamientos que esos mismos legisladores presentaron sobre la constitucionalidad de la Ley Eruviel o Ley Atenco, por lo que el asunto no puede considerarse como una mera consulta.
A partir de este jueves, los ocho ministros restantes tendrán que fijar una postura sobre este punto, para posteriormente votarlo y continuar con el debate sobre el fondo de la impugnación, es decir, sobre la posible violación a los derechos humanos de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza Pública en el Estado de México.


No hay comentarios:

Publicar un comentario