
En sus medios
Nuevo triunfo del STUHM sienta precedente histórico contra la intervención de autoridades laborales y charros en la vida interna
de sindicatos independientes
El Sindicato de Trabajadores Unidos de Honda de México (STUHM), con sede
en El Salto, Jalisco, logró un nuevo y trascendente triunfo legal al
conseguir un amparo que obliga a la Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje (JFCA) a emitir un laudo en el que se reconozca el derecho de
los trabajadores de esa empresa a pertenecer a la organización sindical
de su preferencia; además de establecer que ningún sindicato puede
limitar, intervenir en la vida interna ni demandar la cancelación del
registro de otro gremio.
Después de meses de espera, el 24 de enero pasado, el Décimo Tercer
Tribunal Colegiado del Primer Circuito en Materia de Trabajo (13 TCC)
concedió, por segunda vez, el amparo al STHUM. Éste fue sido solicitado
en agosto de 2013 reiterando el argumento de que la libertad de
asociación sindical no puede ni debe estar sujeta a la discrecionalidad
de las autoridades laborales, ni la violencia ejercida por el patrón o
por sindicato distinto —en este caso el SETEAMI—; además de que la vida
interna y acciones de las organizaciones sindicales sólo pertenece a sus
miembros de manera libre y autónoma.
El TCC detalla que el padrón de socios de un sindicato sólo puede ser
modificado legalmente por sus instancias de representación y mecanismos
estatutarios; que la JFCA carece de facultades para intervenir en la
vida interna del sindicato y tampoco puede definir oficiosamente si los
sindicatos cumplen o no con el número de agremiados establecidos por la
ley.
En resumen, quienes demandaron la cancelación del registro del STUHM
carecen de legitimación en la causa para solicitar dicha cancelación y,
por tanto, la JCFA actúo ilegalmente al otorgarles, en ocasión anterior,
ese derecho e ignorar el marco legal. Remarca el TCC que de estimar lo
contrario, se caería en el absurdo de que cualquier persona física o
moral pudiera solicitar cambios en el padrón de socios de cualquier
sindicato y solicitar la cancelación de su registro. Esto significa que
la Junta debe archivar la demanda de cancelación del registro sindical
del STUHM.
Reiteramos que esta resolución es un triunfo para el sindicalismo
independiente porque nulifica, de una vez por todas, otra de las
maniobras legaloides con que el charrismo pretende confrontar a las
organizaciones auténticas de las y los trabajadores.
Desde el año 2010, los trabajadores de Honda nos organizamos en el STUHM
para negociar colectivamente las condiciones de trabajo y, con ello,
mejorar las condiciones de seguridad e higiene y salarios; eliminar las
excesivas y arbitrarias jornadas laborales, despidos injustos,
descuentos de prestaciones y salarios sin razón, y deshacernos del
sindicato charro y de protección cuya representación era nula.
Esta decisión de luchar por nuestros derechos laborales ha estado llena
de obstáculos, amenazas, agresiones y costó el despido de todo el comité
Ejecutivo del STUHM.
Pese a todo obtuvimos nuestro registro sindical en
2011. Luego vino la demanda de titularidad del contrato colectivo, que
en 2012 fue archivada por la JFCA alegando que no existía el contrato
colectivo; lo anterior, debido a que en cuanto Honda de México tuvo
conocimiento de la demanda, canceló el CCT y firmó uno nuevo con los
charros, avalado por la JFCA a espaldas de los trabajadores.
En febrero de 2012, el STUHM demandó por segunda ocasión la titularidad
del CCT y sólo pudo llevar la primera audiencia hasta el 13 septiembre
del mismo año; nuevamente, en cuanto la empresa tuvo conocimiento de la
demanda realizó, en colusión con el SETEMI y la JFCA, toda clase de
artimañas para alargar el procedimiento.
La constante en cada audiencia
ha sido la presencia de golpeadores amenazando a la representación del
STUMH.
La última de estas maniobras fue la demanda de cancelación del registro
del STUHM. Curiosamente, la JFCA tramitó este juicio en sólo dos meses y
medio, dictó la resolución y notificó al STUHM el mismo día. El laudo
ordenó cancelar el registro del STUHM sin aplicar el marco legal, ni
atender los argumentos del sindicato independiente sobre su derecho de
asociarse libremente sin injerencias patronales, ni del estado; tampoco
consideró las denuncias de despidos, amenazas a los trabajadores y sus
familias para que renunciaran al STUHM; que la cancelación sólo tenía la
intención de evitar que el STUHM ganara la titularidad del contrato
colectivo, es decir, toda la política de agresión implementada por la
empresa y sindicato charro.
La ilegalidad y parcialidad de la JFCA fue
denunciada nacional e internacionalmente, debido a que sus funcionarios
también lo son de la CTM y de despachos patronales, así como abiertos
promotores y parte de los contratos colectivos de protección patronal
como el aplicable en Honda de México, S.A. de C.V.
Ante esta ilegalidad se promovió un primer amparo cuya resolución, de
fecha 29 de mayo de 2013, ordena a la JFCA la emisión de un nuevo laudo
que refiera que el SETEAMI no debe ni puede limitar el derecho de
asociación de los miembros y simpatizantes del STUHM, pero la Junta
ignoró lo señalado por la autoridad judicial al señalar que personas
ajenas al STUHM pueden intervenir en su vida interna y solicitar la
cancelación del registro; incluso, bajo el pretexto de mantener la paz y
el orden social la Junta se faculta para actuar al margen de la ley.
De esa manera se promovió el segundo amparo que ha sido resuelto,
nuevamente, en favor del STUHM.
Exigimos que la JFCA cumpla, ahora sí,
la orden del Tribunal Colegiado y dicte el laudo que archive
definitivamente la demanda de cancelación del registro sindical del
STUHM y dé trámite inmediato al juicio de titularidad promovido por el
STUHM y señale pronta fecha de recuento que, estamos seguros, ganaremos
dado que contamos con la simpatía de la mayoría de los trabajadores de
Honda de México.
SINDICATO DE TRABAJADORES UNIDOS DE HONDA DE MÉXICO
UNION,FUERZA Y VALOR POR UN TRABAJO DIGNO.
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